¿Qué son y para qué sirven?
Son elementos físicos con deflexión vertical que obligan al conductor a reducir la velocidad independientemente de su voluntad.
¿Dónde se ubican?
En vías locales definidas según Decreto supremo N° 83, de 1985, del MTT «Define Redes Viales Básicas” y en los pasajes definidos en el Decreto supremo N° 47, de 1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que fija el nuevo texto de la «Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones». También, en vías pertenecientes al Ministerio de Obras Públicas (MOP).
¿Cuántos tipos de Resalto se utilizan?
Se utilizan cinco tipos, los cuales deben cumplir con las características de diseño, requisitos y estándares establecidos en el Decreto 200. Estos son:
- Lomo de Toro
- Acera Continua
- Plataforma
- Lomillo
- Cojines
¿Qué tipos de Resalto NO SE DEBEN UTILIZAR?
En las distintas calles y pasajes pertenecientes a la Red Vial Básica de una ciudad NO se deben instalar Resaltos de Goma o Caucho que no cumplan con las dimensiones (diseño), formas de emplazamiento y estándares establecidos en el Decreto 200.
- Resalto de Goma o Caucho
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