Preguntas Frecuentes

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    1.- REBAJA POR PAGO ANTICIPADO DE MULTAS. (25%)

    Para Multas de Tránsito, de acuerdo al beneficio establecido en Artículo 22 de la Ley Nº 18.287, según el tipo de la infracción (grave, menos grave y leve), el valor se reduce en un 25% del rango mínimo, si el infractor lo paga dentro de los cinco primeros días, contados desde el día siguiente hábil de la fecha de la infracción incluido el día sábado.

    Las infracciones gravísimas no están afectas a ningún descuento anticipado y sin perjuicio del pago de la multa se aplica una suspensión a la licencia de conducir hasta por 45 días.

     

    2.-VALORES DE MULTA POR INFRACCIONES DE TRANSITO:

    LEVES 0,2 a 0,5 U.T.M.
    MENOS GRAVES 0,5 a 1,0 U.T.M.
    GRAVE 1,0 a 1,5 U.T.M.
    GRAVÍSIMAS 1,5 a 3,0 U.T.M.

     

     

     

    3.- INFRACCIONES DE TRANSITO:

    ARTICULO 199 SON INFRACCIONES O CONTRAVENCION3ES GRAVISIMAS: (LINK)

    ARTICULO 200 SON INFRACCIONES O CONTRAVENCIONES GRAVES: (LINK)

    ARTICULO 201 SON INFRACCIONES O CONTRAVENCIONES  MENOS GRAVES (link)

    Articulo 202 son infracciones o contravenciones leves (link)

    TRAMITACION DE EXHORTO:

    4.- ¿Que es un exhorto?

    Es la tramitación que se le da a las infracciones de tránsito cometidas por conductores de vehículos, en lugares o caminos fuera del radio urbano de residencia del infractor.

    ¿ANTE QUIEN SE SOLICITA EL EXHORTO?

    Ante el Juzgado de Policía Local de Molina, correspondiente al domicilio del infractor.

    ¿COMO SE TRAMITA EL EXHORTO?

    Ante el Juzgado de Policía Local de Molina. Deberá acreditar domicilio en esta comuna ya sea con certificado de residencia o boletas de pago de consumo, y adjuntar boleta de citación de carabineros original y cédula de identidad. Una vez en el Tribunal se deberá completar un formulario de solicitud. Cuando se trate de infracción de transito en los cuales se encuentre retenida la licencia de conducir en otro Tribunal, se le otorgará al solicitante un permiso provisorio por el plazo de 30 dias corridos, plazo dentro del cual deberá recibirse la respuesta al exhorto solicitado.

    ¿HASTA CUANDO SE PUEDE SOLICITAR LA TRAMITACION DEL EXHORTO?

    Hasta tres días anteriores a la fecha de citación al Juzgado de la localidad. Plazo necesario para efectos de remitir los antecedentes al Tribunal exhortado y evitar la rebeldía.

    5.- ¿Qué ES UN PARTE EMPADRONADO?

    Parte Empadronado, es aquella denuncia por infracción cursada a un vehículo en particular, que se encontrare ubicado en un espacio no permitido o cuyo conductor no identificado, en su conducción, infringiere las normas del tránsito podrán ser cursadas por Inspectores Municipales y Carabineros de Chile.
    El responsable de la infracción será en todo evento el propietario inscrito del referido vehículo, si no concurriere el conductor.

    PAGO DE EMPADRONADO EN CAJA MUNICIPAL

    PAGO EN CAJA TESORERIA MUNICIPAL UBICADA EN CALLE YERBAS BUENAS 1389, COMUNA D EMOLINA Y CALLE QUECHEREGUAS 1647, COMUNA DE MOLINA.